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SERVICIO DE ATENCIÓN PERSONALIZADA

El Servicio de Atención Personalizada se brindará a todas y todos los afiliados y a su grupo familiar primario (esposa/o e hijos hasta los 25 años y a cargo, e hijos discapacitados sin límite de edad), las 24 horas, los 365 días del año, en la República Argentina. Se podrá solicitar mediante un llamado gratuito, al número telefónico 0800-345-2433.

El Servicio de Atención Personalizada recibirá las denuncias de siniestros durante las 24 horas del día y los 365 días del año, y asesorará y asistirá a dichas personas en lo relativo a las gestiones que deberán realizarse como consecuencia del
fallecimiento del Asegurado.

Asimismo, atenderá:

  1. Tramitación en el lugar del deceso para proceder al retiro del cuerpo.
  2. Luego de la certificación del fallecimiento por el médico de cabecera extendida en el Formulario Oficial del Registro Civil, la empresa fúnebre procederá a retirar el extinto del lugar de fallecimiento y realizará el traslado en vehículo sanitario a la sala velatoria o de permanencia. En los casos que fuera solicitado, se instalará capilla en domicilio.
  3. Tramitación y organización del sepelio con la empresa fúnebre que prestará el servicio y el cementerio dentro del territorio nacional argentino.
  4. Tramitación de la Licencia relativa a la inhumación ante el Registro Civil.
  5. Tramitación de dos copias Legalizadas del Certificado de Defunción ante el Registro Civil correspondiente.

TRAMITACIONES

Los aranceles, sellados, impuestos y tasas de inhumación, del Registro Civil o Cementerio Municipal, contarán con cobertura. A su vez, las gestiones administrativas que correspondan al Registro Civil, Cementerio y/o Crematorio, serán efectuadas por el personal de la empresa fúnebre sin cargo.

SERVICIO DE FUNERARIA

  • Ataúd Bóveda Estándar, color natural o caoba con uno, dos o tres paneles para tierra o tapa volcable, tapa formato abovedada lisa, interna y externamente adornado con puntillas volcables de tela, ocho manijas blondas volcables, herrajes imitación plata vieja.
  • Casa funeraria con capilla ardiente o servicio a domicilio (sujeto a disponibilidad de la funeraria).
  • Crucifijo o Cristo Eucarístico o Estrella de David.
  • Carroza fúnebre motorizada y 30km de traslados.
  • Hasta dos coches de acompañamiento.
  • Servicio en el cementerio traslado hacia el cementerio, misa o responso final.

LÍMITES DE LA PRESTACIÓN

Tomando como punto de referencia el domicilio de la empresa fúnebre, se prestarán sin cobro adicional los traslados, cortejo fúnebre y trámites cuando se realicen en CABA: dentro del radio urbano; Gran Buenos Aires: en el ámbito del partido; Resto del país: para el retiro del extinto hasta 30km y para el traslado al lugar de inhumación hasta 20km.

MENOR, DESDE 1 MES A 7 AÑOS: Servicio dentro de las mismas características que
para los mayores con ataúd de igual calidad provisto de cuatro a seis manijas según el
tamaño.

ANGELITO, NACIDO SIN VIDA HASTA UN MES: Servicio sin velatorio con ataúd de
igual calidad y traslado en vehículo habilitado desde el lugar de fallecimiento al
cementerio.

ÁMBITO DE LA COBERTURA

La cobertura abarca todo el territorio nacional y la prestación estará adecuada a los usos y costumbres de cada zona.

Servicio en Cementerios Públicos:

El Servicio contempla:

  • El pago de Arrendamiento inicial en Tierra, Nichos y Bóvedas. – En tierra por un término de 4 a 5 años de acuerdo con las condiciones de partida o localidad, y regulaciones del Cementerio de que se trate. Incluye la apertura de la fosa, el cierre y la compactación de la tierra. – En nichos por 1 año, de acuerdo con la partida o localidad y regulaciones del Cementerio de que se trate. – En bóveda en los cementerios públicos que ofrezcan esta modalidad en arriendo.
  • Es obligación inexcusable que el tomador, pariente persona más allegada o heredero legal del asegurado fallecido, solicite el servicio al 0800-345-2433.

Documentación que deberá presentar el afiliado para solicitar el servicio:

  • Recibo de haberes del mes de fallecimiento con el descuento correspondiente.
  • En caso de no fallecer el titular, justificativo de parentesco.
  • En caso de hijo discapacitado presentar certificado de discapacidad.

REINTEGRO EN CASO DE NO PRESTACIÓN:

Cobertura sujeta a cláusulas particulares establecidas en el convenio entre SOEME y la prestadora. Se deja constancia que SOEME podrá solicitar documentación adicional según cada caso.

Cuando el afiliado realice el servicio de sepelio a través de otra cobertura que posea, recibirá un reintegro de acuerdo a lo especificado en la factura correspondiente, hasta un monto máximo de $ 107.500 a partir del 1 de ABRIL de 2025.-

Monto anterior:

Monto de hasta $58.219 en reintegro por sepelio para facturas
emitidas a partir del 1 de AGOSTO 2024.

Documentación que deberá presentar el afiliado para solicitar el reintegro:

  • Recibo de haberes del mes de fallecimiento con el descuento correspondiente.
  • Factura original de la empresa que efectuó el servicio a nombre de la persona que gestiona el reintegro ó en su defecto el correspondiente Certificado de Prestación de Servicio con sello y firma del responsable de la empresa prestadora (Empresa de Sepelios) certificada por entidad bancaria ó notarial.
  • Fotocopia del documento de identidad de la persona que solicita el reintegro.
  • Certificado de defunción.
  • En caso de no fallecer el titular, justificativo de parentesco.
    Constancia Bancaria del CBU con detalle de titularidad, en caso de realizarse el pago mediante transferencia bancaria.

Para descargar el formulario y acceder al beneficio (CLICK AQUÍ)

Para descargar el formulario y acceder al beneficio con fecha de ocurrencia del 01/2025 en adelante (CLICK AQUÍ)

La documentación para su gestión debe ser enviada en su totalidad. El plazo de presentación de la misma es de un año a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.

LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS AFILIADOS PARA SOLICITAR EL REINTEGRO DEBERÁ PRESENTARSE ANTE LA DELEGACIÓN CORRESPONDIENTE QUIEN LA REMITIRÁ A LA SEDE CENTRAL LA CUAL, UNA VEZ VERIFICADA Y FORMALIZADO EL EXPEDIENTE LO REMITIRÁ A LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÍA.

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