Elecciones SOEME: La Lista Azul se impuso por amplio margen y Leo Fernández será el nuevo secretario general del sindicato.
- SEPELIOS
Servicio de Sepelio a Nivel Nacional para tierra, nicho, panteón ó bóveda
Se brindará a todos los afiliados y a su grupo familiar primario (Esposa e hijos hasta los 25 años y a cargo, e hijos discapacitados sin límite de edad) adheridos al sistema, sin cargo y dentro del territorio nacional un servicio de sepelio tipo II, el cual deberá ser solicitado por los familiares del causante a la Línea Gratuita de Atención al Cliente durante las 24 hs. los 365 días del año a fin de ser asesorados por personal capacitado y contactados con el prestador correspondiente.
A fin de contar con la prestación y el asesoramiento acorde es necesario que ante el fallecimiento se contacten con nuestro centro de atención telefónica deberán ser habilitadas telefónicamente al 0800-345-2433 disponible las 24 horas.
Descripción del Servicio:
SERVICIO TIPO II
La prestación del Servicio de Sepelio será otorgada en todo el Territorio Nacional, adecuando la prestación a los usos y costumbres de cada zona. La prestación fúnebre y la empresa fúnebre que la brindará deberán ser habilitadas telefónicamente al 08003452433 disponible las 24 horas.
Este centro telefónico está conformado por personal capacitado para el asesoramiento en todo lo relativo a los temas funerarios las 24.00 hs.
Los Servicios incluidos en la cobertura son los siguientes:
- RETIRO DEL ÓBITO: Luego de la certificación del fallecimiento por el médico de cabecera extendida en el Formulario Oficial del Registro Civil, la empresa fúnebre procederá a retirar el extinto del lugar de fallecimiento y realizará el traslado en vehículo sanitario a la sala velatoria o de permanencia. En los casos que fuera solicitado, se instalará capilla en domicilio.
- ACONDICIONAMIENTO DEL CUERPO: De acuerdo a los usos y costumbres.
- TRAMITACIONES: Los aranceles, sellados, impuestos y tasas de inhumación, del Registro Civil o Cementerio Municipal, quedarán a cargo de los deudos. Las gestiones administrativas que correspondan al Registro Civil, Cementerio y/o Crematorio, serán efectuadas por el personal de la empresa fúnebre sin cargo.
- ATAÚD: Modelo baúl, tapa formato abovedada lisa, interna y externamente adornado con puntillas volcables de tela, herrajes simil plata vieja, ocho manijas, placa identificatoria y símbolos religiosos.
- CORTEJO FÚNEBRE: Un coche fúnebre, un coche portacoronas y hasta dos remises de acompañamiento.
- OFICIO RELIGIOSO: Gestión de los servicios y liturgia en el cementerio.
LÍMITE DE LA PRESTACIÓN: Tomando como punto de referencia el domicilio de la empresa fúnebre, se prestarán sin cobro adicional los traslados, cortejo fúnebre y trámites cuando se realicen en C. A. B. A.: dentro del radio urbano; Gran Buenos Aires: en el ámbito del partido; Resto del país: para el retiro del extinto hasta 30km y para el traslado al lugar de inhumación hasta 20km.
MENOR, DESDE 1 MES A 7 AÑOS: Servicio dentro de las mismas características que para los mayores con ataúd de igual calidad provisto de cuatro a seis manijas según el tamaño.
ANGELITO, NACIDO SIN VIDA HASTA UN MES: Servicio sin velatorio con ataúd de igual calidad y traslado en vehículo habilitado desde el lugar de fallecimiento al cementerio.
ÁMBITO DE LA COBERTURA: La cobertura abarca todo el territorio nacional y la prestación estará adecuada a los usos y costumbres de cada zona.
Documentación que deberá presentar el afiliado para solicitar el servicio:
- Recibo de haberes del mes de fallecimiento con el descuento correspondiente.
- En caso de no fallecer el titular, justificativo de parentesco.
Reintegro en caso de no prestación:
Cobertura sujeta a clausulas particulares establecidas en el convenio entre SOEME y la prestadora. Se deja constancia que SOEME podrá solicitar documentación adicional según cada caso.
Cuando el afiliado realice el servicio de sepelio a través de otra cobertura que posea, recibirá un reintegro de acuerdo a lo especificado en la factura correspondiente, hasta un monto máximo de $ 27.000 a partir del 1 de DICIEMBRE de 2023.-
NUEVO MONTO de hasta $58.219.- en reintegro por sepelio para facturas
emitidas a partir del 1 de AGOSTO de 2024.
Monto anterior:
Monto de hasta $50.625.- en reintegro por sepelio para facturas
emitidas a partir del 1 de MARZO 2024.
Monto de reintegro por sepelio a partir del 1 de OCTUBRE de 2023 de hasta $40.500.-
Documentación que deberá presentar el afiliado para solicitar el reintegro:
- Recibo de haberes del mes de fallecimiento con el descuento correspondiente.
- Factura original de la empresa que efectuó el servicio a nombre de la persona que gestiona el reintegro ó en su defecto el correspondiente Certificado de Prestación de Servicio con sello y firma del responsable de la empresa prestadora (Empresa de Sepelios) certificada por entidad bancaria ó notarial.
- Fotocopia del documento de identidad de la persona que solicita el reintegro.
- Certificado de defunción.
- En caso de no fallecer el titular, justificativo de parentesco.
Constancia Bancaria del CBU con detalle de titularidad, en caso realizarse el pago mediante transferencia Bancaria. - Para fallecimientos con fecha de ocurrencia a partir del 1/10/2020
Para descargar el formulario y acceder al beneficio (CLICK AQUÍ)
Para descargar el formulario y acceder al beneficio con fecha de ocurrencia del 01/2025 en adelante (CLICK AQUÍ)
La documentación para su gestión debe ser enviada en su totalidad. El plazo de presentación de la misma es de un año a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.
LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS AFILIADOS PARA SOLICITAR EL REINTEGRO DEBERÁ PRESENTARSE ANTE LA DELEGACIÓN CORRESPONDIENTE QUIEN LA REMITIRÁ A LA SEDE CENTRAL LA CUAL, UNA VEZ VERIFICADA Y FORMALIZADO EL EXPEDIENTE LO REMITIRÁ A LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÍA.