Se informa a todos los afiliados y delegados del país que, en el marco de las paritarias correspondientes a los auxiliares de entidades educativas privadas, que SOEME…
- MATRIMONIO

Beneficio económico por casamiento:
Cuando el afiliado titular contraiga matrimonio, se le abonara la suma fija de $16.000.- por única vez y a partir del 1 de diciembre de 2020 inclusive.
Plazo de presentación: 1 (un) año a contar desde la fecha de causa.
Cuando el afiliado titular contraiga matrimonio de Julio de 2022 en adelante, se le abonara la suma fija de: $ 22.400.-
Cuando el afiliado titular contraiga matrimonio de Julio de 2023 en adelante, se le abonara la suma fija de: $ 26.800.- Plazo de presentación: 1 (un) año a contar desde la fecha de causa.
- Recibo de haberes del mes de matrimonio con el descuento correspondiente.
- Acta de matrimonio / Libreta de familia.
- Fotocopia del documento de identidad del titular.
- Constancia Bancaria del CBU con detalle de titularidad, en caso realizarse el pago mediante transferencia bancaria.
Para MATRIMONIOS con fecha de ocurrencia a partir del 1/10/2020 completar el siguiente formulario:
Para descargar el formulario y acceder al beneficio (CLICK AQUÍ)
La documentación para su gestión debe ser enviada en su totalidad. El plazo de presentación de la misma es de un año a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.
LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS AFILIADOS PARA SOLICITAR EL REINTEGRO DEBERÁ PRESENTARSE ANTE LA DELEGACIÓN CORRESPONDIENTE QUIEN LA REMITIRÁ A LA SEDE CENTRAL LA CUAL, UNA VEZ VERIFICADA Y FORMALIZADO EL EXPEDIENTE LO REMITIRÁ A LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÍA.
*Exclusiones según cobertura de póliza.