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BENEFICIO ÓPTICA

El beneficio de óptica se brinda exclusivamente mediante REINTEGRO, a todos los
afiliados titulares y su grupo familiar a cargo (cónyuge e hijos hasta los 24 años).

1 anteojo bifocal, o 2 monofocales anuales. 
*Se excluyen cristales minerales con alto índice para alcanzar la graduación requerida.
*Se excluyen lentes de contacto.

MONTOS

Reintegro de hasta $28,914.00 (tope anual) para ocurrencias a partir del 1 de ENERO
de 2026.

Montos anteriores:

  • Reintegro de hasta $26.997,00 (tope anual) para ocurrencias a partir del 1 de octubre de 2025

  • Reintegro de hasta $25.589,00 (tope anual) para ocurrencias a partir del 1 dejulio de 2025

Documentación requerida para solicitar el REINTEGRO:

  • Recibo de haberes del mes de compra de los anteojos con el descuento
    correspondiente del aporte sindical.
  • Receta médica original.
  • Factura de la óptica a nombre del afiliado titular.
  • Fotocopia del documento de identidad del titular.
  • En caso de que el beneficio sea para el grupo familiar primario (cónyuge e
    hijos hasta los 24 años y a cargo), presentar documentación que acredite el
    vínculo (acta de matrimonio/concubinato o acta de nacimiento).
  • Constancia bancaria del CBU con detalle de titularidad (a nombre del
    beneficiario).
  • En caso de anteojos para familiares a cargo, la factura debe emitirse a
    nombre del afiliado titular.
  • En caso de hijos de 18 a 24 años, presentar Certificación Negativa de
    ANSES y Certificado de estudios.

La documentación presentada por las y los afiliados para solicitar el REINTEGRO
deberá estar completa y entregarse en la delegación correspondiente, quien la remitirá
a la sede central. Una vez verificada la documentación y formalizado el expediente,
sede central lo remitirá a las oficinas de la compañía.

FORMULARIOS

Descarga el formulario del beneficio para sumar a la documentación soporte

Consultá en el documento las ópticas conveniadas.
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