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Beneficios / Salud / Ayuda ante enfermedad grave

Cobertura: AYUDA ANTE ENFERMEDAD GRAVE

NUEVO MONTO:

En caso de haber sufrido y haber sido diagnosticado con cáncer; infarto agudo de miocardio; accidente cerebro-vascular, el afiliado podrá acceder al beneficio de hasta la suma de $190.204 para diagnósticos con fecha de ocurrencia a partir del 1 de OCTUBRE de 2025.

Montos anteriores

En caso de haber sufrido y haber sido diagnosticado con cáncer; infarto agudo de miocardio; accidente cerebro-vascular, el afiliado podrá acceder al beneficio de hasta la suma de $180.288 para diagnósticos con fecha de ocurrencia a partir del 1 de JULIO de 2025.

En caso de haber sufrido y haber sido diagnosticado con cáncer; infarto agudo de miocardio; accidente cerebro-vascular, el afiliado podrá acceder al beneficio de hasta la suma de $166.625 para diagnósticos con fecha de ocurrencia a partir del 1 de ABRIL de 2025.

Dado que “enfermedades graves” es una cobertura con términos médicos específicos, como generalidad se puede tener en cuenta que se cubre cáncer, infarto y ACV.

Por otras enfermedades consultar particularmente la patología del siniestro y la consulta será elevada a quien corresponda para confirmar a la brevedad.

Documentación:

  • La documentación será solicitada según la patología que presente el enfermo, (ver documentación general).
  • Denuncia del siniestro.Formulario DENUNCIA DE SINESTRO- SEGURO SALUD.
  • CBU del afiliado con detalle de titularidad.
    Una vez ingresado el siniestro la compañía de seguros podría indicar , según el caso, como proseguir, es decir, qué documentación médica específica será la necesaria para acceder al beneficio.

Documentación General:

  • Historia clínica, protocolo quirúrgico, estudios, análisis y exámenes practicados al Asegurado tratado.
  • Certificado médico que acredite el diagnóstico y/o tratamiento indicado

Cáncer

El diagnóstico debe ser evidenciado por una histología claramente definida y confirmado por un informe anátomopatológico suscripto por especialista.

Infarto de Miocardio

El diagnóstico debe ser confirmado por especialista en cardiología y evidenciado por todos los siguientes criterios:

  • Historia de dolor torácico típico.
  • Historia clínica que revele sintomatología de isquemia miocárdica.
  • Nuevos cambios característicos de infarto en el ECG.
  • Elevación de las enzimas específicas de infarto, troponinas u otros marcadores bioquímicos.
  • Derrame e Infarto Cerebral.

El diagnóstico debe ser confirmado por un especialista y evidenciado por síntomas clínicos típicos y por resultados de tomografía axial computada de cerebro o por resonancia magnética de cerebro. Deben documentarse pruebas de deficiencia neurológica de por lo menos 3 (tres) meses después de su diagnóstico.

EXCLUSIONES COBERTURA EN CASO DE DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDADES CRÍTICAS

Cáncer

Toda neoplasia intraepitelial cervical (toda etapa CIN)
Toda forma de tumor pre-maligno
Toda forma de cáncer no invasivo (carcinoma in situ)
El cáncer de próstata en estadio 1 (T1a, 1b, 1c)
El carcinoma basocelular y el carcinoma de células escamosas
El melanoma maligno estadio IA (T1a, N0, M0)

Infarto de Miocardio

El infarto del miocardio sin elevación del segmento ST con solamente elevación de Troponina I ó T;
Otros síndromes Coronarios Agudos
Infarto de miocardio silente

Derrame e Infarto Cerebral

El Accidente Isquémico Transitorio (TIA)
El daño traumático del cerebro
Los infartos lacunares sin déficit neurológico
Los síntomas neurológicos secundarios a migraña

SOEME DENUNCIA DEL SINIESTRO-SEGURO DE SALUD

Para descargar el formulario y acceder al beneficio (CLICK AQUÍ)

Para descargar el formulario y acceder al beneficio con fecha de ocurrencia del 01/2025 en adelante (CLICK AQUÍ)

* Plazo para presentar la documentación un año desde la primera fecha de diagnóstico.
*Exclusiones según cobertura de póliza.

 

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