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Semana Santa: días no laborables y feriados

Información útil para auxiliares de educación privada.

Estos días suelen tener implicaciones específicas en cuanto a las jornadas laborales. A continuación, se detalla información útil sobre estos días en términos laborales:

Jueves 17 de abril: día no laborable

Este día es considerado día no laborable. Lo que significa que:

  • Empleador: es quien decide si se trabajará o no en esta jornada.
  • Empleado: deben esperar que se le comunique la decisión del empleador y ajustarse a ella. Si el empleador decide que se trabajará, no se aplica pago extra, ya que no es un feriado oficial.

Viernes 18 de abril: día feriado

Este día es considerado día feriado. Lo que significa que:

  • Empleado: decide si trabaja o no en esta fecha.
  • Pago especial: si el empleado opta por trabajar, el día se debe remunerar al doble de la tarifa habitual. Esto se debe a que los días feriados suelen tener un pago extra como reconocimiento al trabajo en una fecha de descanso oficial.

Consideraciones generales

  • Planificación: Tanto empleadores como empleados deben planificar anticipadamente el esquema laborable de estas jornadas para evitar malosentendidos.
  • Derechos laborales: es importante que ambas partes conozcan sus derechos y responsabilidades durante estos días para asegurar que se cumplan las normativas laborales.
  • Comunicación abierta y clara: fomentar una comunicación abierta y clara entre empleadores y empleados garantiza una coordinación eficiente para organizar el trabajo de todos.

Estos días ofrecen una oportunidad para el descanso y la reflexión, además de tener implicaciones prácticas en el ámbito laboral.

Mario QUIROGA | Mario CENA – Leo FERNÁNDEZ, Secretario General.